En estos días, se procederá al reinicio de ciertas actividades de ocio y recreativas, siendo una de ellas la apertura de piscinas, las cuales, debido a su diversidad y variedad en cuanto a instalaciones, llevarán a cabo un plan de actuación y estarán reguladas en base a la Normativa y con nuevas medidas y recomendaciones adaptadas a la situación actual.

En cuanto a la calidad del agua de las piscinas, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), una piscina con un pH < 8 y una concentración de Cloro Residual Libre (CLR) ≥ 0.5 mg/l y manteniendo un contacto con el agua de la piscina durante un mínimo de 30 minutos, se considera que es suficiente para eliminar virus envueltos como los coronavirus, teniendo en cuenta también que el mínimo residual de cloro libre recomendado depende del tipo de piscina o desinfectante utilizado.

En el caso de las piscinas, dadas las características y las vías de transmisión conocidas para el SARS-CoV-2, el buen mantenimiento, funcionamiento y la desinfección adecuada de las mismas, debería inactivar el virus que causa COVID19.

La efectividad como viricida del cloro libre residual depende en gran medida de las condiciones de pH que presenta el agua, por lo que es muy importante tener en cuenta que una correcta regulación del pH entre 7,2 y 7,6 por medio de ácidos o de CO2 es esencial para garantizar una desinfección eficaz frente al virus. La medición constante de los niveles de estos parámetros, así como su dosificación, es fundamental para garantizar la calidad del agua. Esta recomendación debe hacerse extensiva igualmente a la dosificación del resto de productos químicos que se utilicen para el tratamiento del agua del vaso.

Por lo tanto, los titulares/ responsables de las piscinas deberán extremar la vigilancia en conformidad con lo establecido en el Real Decreto 742/2013 y el Decreto 485/2019 de los siguientes parámetros:

  • pH: se deberá garantizar que se mantiene en el rango establecido coincidiendo con el análisis de cloro. En el caso de que las concentraciones se encuentren fuera del rango indicado, deberá ajustarse la dosificación hasta la normalización de los valores.
  • Cloro Residual Libre: debe mantenerse por encima de 1 ppm. Se analizará varias veces al día, al menos, una al inicio de la jornada y el otro dentro del periodo de máxima afluencia de bañistas. En aquellos casos en los que el análisis arroje concentraciones menores, deberá ajustarse la dosificación para alcanzar este valor. En los casos en los que se ponga de manifiesto una concentración menor a 0,5 ppm, se aconseja prohibir el baño hasta que se restablezca el valor recomendado.
  • Turbidez: las partículas suspendidas en el agua pueden dificultar la acción del desinfectante por lo que se deberá mantener la turbidez del agua por debajo de 5 unidades N F.

Los parámetros de pH y CLR en aquellas piscinas que no dispongan de equipos de dosificación automática, el titular deberá controlar estos parámetros con mayor frecuencia, tanto antes de su apertura como en aquellas horas de máxima afluencia. En piscinas públicas y de CCPP de más de 20 viviendas, los titulares deberán incluir estos controles en el protocolo de autocontrol, el cual deberá permanecer en todo momento en la piscina a disposición del personal de mantenimiento y de la autoridad sanitaria.

En Agropar Análisis y Servicios s.l les ofrecemos asesoramiento técnico en los problemas que suelen aparecer en la puesta en marcha de las piscinas y funcionamiento de las instalaciones, realizamos protocolos de autocontrol de piscinas, análisis de agua de piscina físico-químico y microbiológicos tanto en piscinas abiertas como cubiertas.

Nuestro objetivo, es su salud.